NO A LAS QUEMAS AGRÍCOLAS

Entre las actividades que pueden originar de incendios forestales, están las quemas de desechos agrícolas y forestales, por lo que es necesario realizarlas en forma controlada. Para nuestra zona, la única oportunidad legal para hacerlo, es en el mes de abril.

Además del riesgo de incendio, las quemas de rastrojos representan contaminación del aire y del agua.

Esta práctica ha sido muy utilizada en las zonas rurales, para manejo de rastrojos, especialmente en el área agrícola , para eliminar residuos provenientes de las cosechas, poda o raleo o explotación y habilitación de terrenos para nuevas cosechas. Producto de la alta ocurrencia de incendios forestales, alrededor del 40% originados por quemas mal ejecutadas y descontroladas, es que en 1980 el Ministerio de agricultura se vio en la obligación de regular esta práctica y lo hizo a través del Decreto Supremo 276 de 1980, en donde le da las atribuciones a la Corporación Nacional Forestal para administrar el usos del fuego. Conaf posee la potestad para fiscalizar el uso del fuego en trabajos agrícolas y forestales, junto con Carabineros y el Servicio Agrícola y Ganadero.
Por la aguda sequía que azota a la zona central, que aumenta el riesgo de incendios, la autoridad ha llamado a respetar la normativa.
Quienes infrinjan la restricción y realicen quemas ilegales, se exponen a recibir sanciones que van desde las 50  hasta las 150 UTM, y desde los 541 días hasta los cinco años de presidio.

Para conocer alternativas a las quemas, visite PREVENCION DE INCENDIOS FORESTALES

El procedimiento establecido exige que el interesado en quemar residuos vegetales deberá tener previamente inscrito su predio en CONAF y dar aviso de su intención en la oficina receptora CONAF más cercana, independiente que se encuentre en fechas en que esté permitido hacer estas quemas.

Visite CONAF.CL

Informaciones QUEMAS



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